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El Decreto Supremo 44 introduce nuevas disposiciones para la gestión de riesgos laborales en Chile, derogando normativas anteriores. La regulación, vigente desde el 1 de febrero de 2025, busca garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable mediante la identificación, evaluación y control de peligros. La normativa impone multas y sanciones a empleadores que no cumplan con las exigencias establecidas, reforzando la fiscalización en seguridad laboral.

Obligaciones de los empleadores y riesgo de sanciones

Las empresas deben implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, que incluya matrices de identificación de peligros (MIPER) y un programa preventivo. Además, la normativa exige la capacitación en prevención de riesgos y la denuncia obligatoria de accidentes laborales.

Los empleadores que no garanticen condiciones seguras de trabajo estarán sujetos a sanciones administrativas y económicas, especialmente en casos de accidentes graves o fatales. La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y la Dirección del Trabajo serán las entidades encargadas de fiscalizar el cumplimiento.

Empresas sin comité paritario enfrentan nuevas exigencias

Las empresas con menos de 25 trabajadores, que no están obligadas a constituir un Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS), deberán designar un Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo. Este representante tendrá una duración de dos años en el cargo y será elegido en asamblea.

Asimismo, estas empresas deben mantener actualizada su MIPER, realizar reuniones periódicas de actualización y contar con un programa de trabajo preventivo. La omisión de estas responsabilidades puede implicar multas y restricciones operativas.

Multas y consecuencias legales por incumplimiento

Las sanciones establecidas en el Decreto Supremo 44 incluyen:

  • Suspensión de actividades en caso de riesgos graves o inminentes.
  • Responsabilidad legal en accidentes laborales que deriven de negligencias empresariales.
  • Sanciones administrativas por no cumplir con la documentación y registros exigidos.

Fiscalización y medidas correctivas obligatorias

El nuevo decreto establece la obligación de realizar auditorías internas anuales, inspecciones y evaluaciones médicas en puestos de riesgo. En caso de incumplimiento, las empresas deberán adoptar medidas correctivas inmediatas, las cuales serán fiscalizadas por organismos administradores del seguro de accidentes (OAS).

Los empleadores deben permitir el ingreso de fiscalizadores a sus instalaciones y garantizar el acceso a documentación sobre seguridad y salud laboral. La negativa a colaborar con las inspecciones puede derivar en sanciones económicas adicionales y en la suspensión de actividades en casos de riesgo grave e inminente.

Capacitación y prevención: requisitos obligatorios

El decreto establece que los trabajadores deben recibir un curso obligatorio de al menos 8 horas sobre seguridad y prevención de riesgos laborales. La capacitación debe incluir temáticas como factores de riesgo, medidas preventivas y procedimientos de emergencia.

Las empresas deben acreditar la formación mediante registros firmados y material documentado. El incumplimiento de este requisito puede generar sanciones y la imposibilidad de operar en sectores de alto riesgo.

Procedimientos en caso de emergencias y desastres

Los empleadores están obligados a implementar un Plan de Gestión de Emergencias y Desastres, con simulacros periódicos y reuniones anuales del Comité de Gestión de Desastres. El incumplimiento de esta obligación puede conllevar sanciones administrativas y responsabilidad legal en caso de accidentes laborales.

El decreto también enfatiza la gestión preventiva en el uso de maquinaria y herramientas, exigiendo procedimientos específicos para evitar atrapamientos, cortes y amputaciones. Las empresas deberán garantizar la correcta información sobre manuales de uso y medidas de seguridad.

Para Asesorías especializadas sobre Derecho Laboral, puede contactar a Juan Ignacio Letelier, abogado jefe del área laboral al correo jletelier@araya.cl