LAS PRINCIPALES MODIFICACIONES DE LA REFORMA TRIBUTARIA
Esta semana ingresó al Congreso el proyecto de ley que contempla una serie de cambios en el sistema de impuestos vigente en Chile, que se deberán tener en cuenta en la estructura tributaria de las empresas. A continuación hacemos un repaso de los más importantes.
Por Tomás Vio

Este lunes 31 de marzo, el Gobierno firmó el proyecto de Reforma Tributaria. La iniciativa incluye varias modificaciones que las empresas deberán tener en consideración al momento de definir su estructura tributaria. Entre ellas, podemos mencionar  las siguientes:

1. Eliminación del FUT a partir de la Operación Renta 2018. No habrá modificaciones con respecto al FUT histórico. La tributación se realizará sobre base devengada, es decir, el socio paga los impuestos finales aunque no retire sus utilidades.

2. Se elevará gradualmente la tasa de impuestos a las empresas del 20% actual a un 25% en 2017.

3. Reducción de la  tasa máxima de los impuestos personales del 40% actual al 35%.

4. Aumento del Impuesto Timbre y Estampillas del 0.4% actual a un 0.8%.

5. Las PYMES contarán con mecanismos de depreciación instantánea, tanto para bienes nuevos como usados, lo que los facultará para deducir como gasto necesario para producir la renta  su inversión de las utilidades obtenidas del primer año. La depreciación consiste en la amortización de activos físicos, es decir, la gradual asignación del valor del activo físico con cargo a resultados durante los años en que el activo genera beneficios.  El proyecto establece que la depreciación para las PYMES ya no será gradual sino que será instantánea, es decir, que se podrá llevar a resultado el valor del activo en un solo período.
 
6. Las empresas medianas y grandes podrán usar el mecanismo de depreciación instantánea hasta por un año desde la publicación de la ley.

7. Para las PYMES se crea de manera permanente un sistema alternativo para los Pagos Provisionales Mensuales (PPM).

8. Se amplía la aplicación del sistema simplificado bajo el cual tributan las empresas de menores ventas establecido en el artículo 14 Ter de la Ley del Impuesto a la Renta.

9. Eliminación del DL 600 sobre Inversión Extranjera. En tal sentido, se elimina la posibilidad de que el inversionista extranjero suscriba un contrato con el Estado de Chile, el cual otorgaba diversos derechos para protección de la inversión.  Lo anterior, es justificado por el Ejecutivo aludiendo que en Chile no se requiere de un instrumento especial para proteger las inversiones puesto que dicha protección se otorga de pleno derecho.

Si necesita más información, contactar a nuestro jefe del Área Tributaria Tomás Vio en el correo tvio@araya.cl

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