El caso Pink Lady ®:
Licencias de patente frutícolas como forma de comercialización
De la misma manera que existe derechos para proteger la propiedad tangible, también existen derechos que protegen la propiedad intelectual y facultan a su tenedor la oportunidad de utilizar sus ideas o genética de manera exclusiva y excluyente por un periodo de tiempo determinado.

Los principales derechos de propiedad intelectual que se utilizan en relación a las plantas son las marcas registradas, derechos de los mejoradores de plantas o protección de variedad de plantas (PVP), protegidos a nivel internacional por la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), y patentes de plantas, que se emplea en Estados Unidos y tiene un alcance de protección más amplio que las PVP.
El propietario de la marca, PVP o patente puede comercializar el uso de su derecho de propiedad a través de la cesión o concesión de licencia de uso de ésta;
- La cesión de una marca, PVP o patente, tiene lugar cuando el titular de ésta concede la explotación de sus derechos a un tercero por medio de la venta y transferencia de su propiedad de manera definitiva e irrevocable a cambio de una suma de dinero.
- Por el otro lado, la concesión de una licencia es un contrato por el cual se fijan las condiciones de la explotación de la propiedad, incluida la obligación por parte del licenciatario de obtener ciertos resultados por su uso. El incumplimiento por parte del licenciatario del pago de las regalías fijadas por el propietario puede dar lugar al cese del contrato de licencia.
Existe una extensa tradición en la protección de la propiedad intelectual de cultivos frutales, entre los que a nivel mundial destacan la manzana Pink Lady ®, la palta “Hass” y el kiwi ZESPRITM Gold.
En numerosas ocasiones se ha advertido de la importancia de que productores chilenos “tienen que subirse urgentemente al carro de las nuevas variedades”, (Ing. Agr. Pablo Grau, del Instituto de Investigaciones Agropecuarias de Chile (INIA) en la VIII Región), así como están haciendo numerosos investigadores, productores y exportadores de fruta fresca trasandinos.
Como exportador o productor frutícola, es importante por un lado efectuar los trámites de registro en distintos países de variedades protegida. De esta manera, podrá sacar los máximos beneficios de los derechos de venta exclusiva de su producto en los países donde éste se encuentre registrado, así como los derivados de la comercialización de la marca, PVP o patente a través de su cesión o licencia.
Por el otro lado, también es fundamental tener conocimiento de las últimas y más novedosas variedades protegidas para comprar licencias de venta y uso, ya que éstas otorgan el privilegio de vender o exportar variedades de moda, beneficiadas con una amplia publicidad y marketing que aumentará la rentabilidad de dicho producto en el mercado.
Un ejemplo de ello son los exportadores de la variedad de manzana Cripps Pink, cuyo nombre de comercialización protegido por la marca Pink Lady ® gestiona mundialmente el máximo organismo de la industria para los cultivadores de manzanas y peras australianas — Apple and Pear Australia Limited (APAL).
Pink Lady ® está registrada en más de 70 países, en donde no puede ser comercializada sin la respectiva licencia. APAL, con los beneficios obtenidos a través de éstas, financia campañas de promoción del producto entre los consumidores, aumentando así las ventas de éste. Los licenciatarios chilenos de Pink Lady ® se han visto beneficiados gracias a las campañas de promoción de dicha variedad realizadas en los mercados europeos y asiáticos, donde Pink Lady ® se ha convertido en un producto estrella. Se esperan futuros desarrollos de la marca en Brasil y otros países latinoamericanos, lo que hace importante mantenerse informado de las oportunidades de mercado que ello representa.
Araya y Cía. Abogados
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